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Art. 14. Del Congreso Nacional.- Además de la información señalada en esta Ley, el Congreso Nacional publicará y actualizará semanalmente en su página Web, lo siguiente: a) Los textos completos de todos los proyectos de ley que sean presentados al Congreso Nacional, señalando la Comisión Especializada permanente asignada, la fecha de presentación, el código; y el nombre del auspiciante del proyecto. b) Una lista de proyecto de ley que hubieren sido asignados a cada Comisión Especializada Permanente.
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